OTROS |
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En caso de que la
alumna(o), por algún motivo (enfermedad, traslado, sanción, etc.),
deja de asistir a las prácticas, la vacante se le considera
permanente, por lo tanto el apoderado deberá seguir cumpliendo con
sus obligaciones para con la Institución, a no ser que el apoderado
haga uso del retiro temporal.
Retiro temporal:
Significa avisar al Profesor responsable o directamente con el
Presidente de la Institución, el motivo por el cuál los obliga
suspender las prácticas, de esta forma quedará exento del pago de
mensualidad hasta su nueva incorporación. Generalmente un retiro
temporal equivale a una ausencia por 30 o más días. |
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